Locales

Rige la prohibición de nombrar familiares en el sector público

El gobierno de Santa Fe promulgó la ley N° 14.397, que prohíbe la designación preferencial de familiares directos en el sector público provincial.

La normativa, aprobada por la Legislatura a fines de febrero, entró en vigencia este jueves 20 de marzo tras su publicación en el Boletín Oficial mediante el decreto 0481/2025, firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia.

“Prohíbase en todos los órganos y entes que integran el Sector Público Provincial no financiero, de acuerdo a las previsiones del artículo 4º de la Ley N° 12.510 y sus modificatorias, la designación preferencial en cargos y empleos a integrantes del grupo familiar primario de los trabajadores que hayan fallecido o que se acojan al beneficio de la jubilación”, dice el artículo 1°.

Asimismo, en el segundo artículo se avanza: “Prohíbase la homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de todo convenio en que intervengan las entidades detalladas en el artículo 1º de la presente, hasta que sus estatutos o normas internas se adecúen a lo establecido en el artículo 2”.

Por último, la norma aprobada a fines de febrero y promulgada este jueves, invita a Municipios y Comunas de la provincia a adherirse a lo anteriormente explicado en el Art. 1 o “a dictar disposiciones similares en sus respectivos ámbitos”, según consta.

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